miércoles, 11 de julio de 2007

Cambio en el orden de los apellidos

"El apellido en un mayor o menor grado constituye una identidad de la persona con su familia y a la vez con la sociedad. Cuando en una sociedad a priori se impone la continuidad del apellido en línea masculina, se envía el mensaje que sólo el hombre tiene ese derecho, por ende automáticamente se impone una preeminencia sobre la mujer, por cuanto la identidad familiar permite su continuidad sólo si hay hijos, y termina cuando hay hijas; la consecuencia de ello es que se afecta la dignidad de la mujer, lo cual es claramente discriminatorio. Lo que se hace más evidente cuando en forma manifiesta es el apellido de la madre y no el del padre, el que tiene una tradición histórica y por ende un gran significado emotivo, simbólico o identificatorio para sus descendientes, siendo por esta razón más representativo de la identidad familiar.

En la mayoría de las legislaciones extranjeras, la mujer perdía su apellido debiendo ser reemplazado por el de su marido, en otras debía añadir al suyo el marital. En este punto la legislación chilena constituía una excepción, dado que la mujer aún cuando esté casada continúa usando sus apellidos paterno y materno.
En casi todas las legislaciones extranjeras, la continuidad del apellido familiar iba sólo en línea masculina de descendencia, no obstante en la actualidad existe la posibilidad de que la continuidad del apellido familiar lo sea por línea femenina, si esa es la opción de la persona.
La continuidad del apellido en línea masculina conforma una tradición, vinculada al tipo de familia predominante en la sociedad, que en el caso de la chilena ha dejado poco a poco de ser patriarcal para convertirse en una de tipo "transicional", con una tendencia hacia la igualdad, por tal motivo, se reconoce la importancia del rol social y económico que tiene en la actualidad la mujer en relación al hombre y en este nuevo contexto, se justifica la eventual continuidad del apellido en línea femenina. ¿Cuántas mujeres jefas de hogar existen? ¿Cuántas mujeres sacan adelante a sus hijos, sin apoyo masculino alguno?

Se ha discutido sobre la posibilidad de que los hermanos no lleven los mismos apellidos... Sin embargo, hay que tener presente que los hermanos pueden serlo sólo de padre o sólo de madre, y en tal caso no van a llevan los mismos apellidos paterno y materno, sino sólo uno de ellos; sin contar el caso de aquella persona que, por cualquier motivo es conocida con otro apellido por más de cinco años y decide cambiárselo, pues tampoco su apellido, va a coincidir con el de sus hermanos.

La legislación chilena permite a una persona cambiarse los apellidos cuando por algún motivo es conocida con otro apellido por mas de cinco años, apellido que por lo general es el materno (normas del trato y fama); los casos mas frecuentes son los de los artistas , podría ser también cuando en el colegio hay más afinidad con la madre del niño o niña y naturalmente a éste o ésta se le conoce con el apellido de ella; si en estos casos la ley permite el cambio de apellido por qué no se podría permitir en otros casos??

La modificación que se propone a iniciativa de la Diputada SAA, sólo pretende complementar la normativa vigente que permite el cambio de apellidos en la legislación chilena, y se amplia únicamente con el objeto de establecer un principio de igualdad entre los sexos. A la vez es concordante con lo señalado en la Constitución Política del Estado y en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que garantizan a hombres y mujeres iguales derechos, como también con las disposiciones de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer que en términos más específicos establece tanto para el marido como la mujer el derecho a elegir apellido.

Como consecuencia del reconocimiento al rol que hoy tiene la mujer, se ha extendido también ese reconocimiento por parte del derecho comparado a la genealogía femenina que puede eventualmente ser más significativa que la genealogía masculina.
Queda abierto al debate ciudadano una propuesta innovadora y quizá demasiado progresista para nuestra idiosincracia machista...
Como dato estadístico podemos señalar que una norma como ésta forma parte hace varios años en paises como Estados Unidos, Canadá, Gran Bretaña, España y Argentina, entre otros."
Actualmente éste proyecto se encuentra en tramitación en la comisión de Familia de la Cámara de Diputados.
A modo personal, puedo decir que preveo consecuencias positivas en la posibilidad de alternar el orden de los apellidos, sobretodo en aquellos casos donde la madre toma un rol preponderante en la constitución de su familia, como una de tipo "unicéfala", con padre ausente, pues liberariamos de una fuerte carga emotiva a muchos hijos que muy a su pesar, llevan un primer apellido que conlleva sentimientos como el abandono, el desprecio, la falta de cariño y en definitiva una falta absoluta de identidad.
PROYECTO DE LEY

ARTICULO PRIMERO: Introdúcense las siguientes modificaciones a la Ley N° 17.344 que Autoriza el Cambio de Nombres y Apellidos en los Casos que Indica.

Agréganse las siguientes letras d y e al artículo 1°:
"d. Cuando el solicitante desee invertir sus apellidos usando primero e materno y después el paterno o que uno u otro pasen a ser compuestos
e. Cuando el solicitante desee usar cualquiera de los apellidos paterno o materno de sus padres o abuelos.".

ARTICULO SEGUNDO: Introdúzcase la siguiente modificación al Decreto con Fuerza de Ley N° 2.128 sobre Reglamento Orgánico del Servicio de Registro Civil.

Reemplázase el artículo 126 por el siguiente:
"Art. 126. Al inscribir un nacimiento se designará al inscrito por el nombre que designe la persona que requiera la inscripción.

Si el hijo nacido es matrimonial o no matrimonial reconocido por ambos padres, se pondrá a continuación el apellido del padre y enseguida el de la madre. Sin embargo, los padres de común acuerdo podrán colocar primero el apellido de la madre y enseguida el apellido del padre, debiendo en este caso proceder de igual forma con todos los hijos comunes.

Si se tratare de un hijo no matrimonial reconocido por el padre o la madre, se le inscribirá con el apellido del padre o la madre que hubiere pedido se deje constancia de su paternidad o maternidad.
*proyecto fue elaborado por el asesor parlamentario Leonardo Estradé‑Brancoli a iniciativa de la Diputada Maria A. Saá

Etiquetas:

jueves, 5 de julio de 2007

Asuntos familiares

Estas últimas semanas he estado muy cargada con audiencias en Tribunales de Familia... Divorcios, principalmente.
Partiendo por lo pésimo del sistema, lo lento, lo dificultoso que resulta, incluso para los abogados tramitar en estos tribunales, debo decir que me resulta cada vez más desagradable tener que representar este tipo de causas.
Es que es imposible llegar a la justicia! Y detrás de tanto problema hay niños, mujeres solas y aguerridas, jefas de hogar, hombres que desean y luchan por ver a sus hijos...en definitiva gente que está sufriendo y que nunca se debe perder de vista.
Me desespero, me enrabio sola... e impotente tengo, que seguir marchando y validando este sistema injusto...me siento una pieza más, un verdadero "palo blanco", porqué aguantar ? Si somos auxiliares de la administración de justicia!! Entonces me revelo. Pero, luego D E B O contenerme. Después de todo, los tribunales son personas, que se equivocan tanto como yo quizá.
Hay buenas jueces, quizás las más jovenes, que tienen mayor asertividad, son ágiles, tienen buena memoria.. no sé. Pero me resulta más fácil establecer un dialogo y que estén a la altura de los patrocinados. Porque hay muchas magistradas endiosadas que miran todo desde lo alto de sus estrados de reojo, magistrados despistados pendientes de la hora, del audio, de cuestiones sin importancia, que finalmente están auto- boicoteándo el espiritú de las últimas leyes...
Es increíble! cómo tratar y exponer en profundidad casos delicados y complejos si dan bloques de 15 minutos para las audiencias y sobre las cuales se ha esperado por meses... y luego de horas de espera, para el bendito "llamado". Tengo demandas ingresadas en 2005 que aún no llegan a juicio oral. Tengo divorcios que tras cuatro audiencias preparatorias suspendidas aún no terminan. Y tengo clientes y clientas tan ansiosos y disconformes con todo, que ya no escuchan siquiera las explicaciones que los abogados debemos dar.
Es absolutamente desgastador. Pues esta nueva Ley buscaba agilizar y transparentar todo, dando amplias facultades a los jueces y desformalizando el procedimiento y todo se ha vuelto un caos..
En provincia la cosa anda un poco mejor.. se organiza y está todo más ordenado. En San Miguel es un desastre, quizá peor que Santiago.
Pero tendré que armarme de paciencia. Por suerte, el colegio de Abogados realizó un convenio con el Poder Judicial y ahora, los que somos colegiados, tenemos acceso, via internet, a las resoluciones.

Me han consultado mucho sobre el proyecto de Ley que faculta al cambio de apellidos, en un próximo post me dedicaré a ese tema.

Agradezco los comentarios y los mails que me han llegado y seguiré contestando.
Nos vemos!

Etiquetas:

jueves, 10 de mayo de 2007

Correos electrónicos como medios de prueba

Acabo de terminar de leer un escrito, de la contraparte en un juicio de alimentos mayores, donde ésta se opone al decreto de alimentos provisorios, argumentando entre otras cosas que, la abogada contraria, o sea yo, actuaba en "deplorable falta a la ética profesional", por hacer uso de sendos correos electrónicos que ellos me habían enviado a modo de negociar el posible termino de todos los juicios que nos ligan... Sigue diciendo el colega..."en su oportunidad se le señaló que ningún abogado decente deja de actuar éticamente, y este reproche se le formula porque en su demanda expresa que se le habría ofrecido por mi parte una pensión de un millón de pesos..."
Al leer el escrito, no pudo dejar de sorprenderme, primero la violencia de su tenor y segundo cierta ignorancia respecto al tema, pues fuera del cuestionamiento ético, existe el valor probatorio de este tipo de comunicación, llamado "e mails o correos electrónicos" que no obsta a que una de las partes, fundamente su pretensión en ellos.
Al respecto, encontré mucho material interesante, y que me gustaría compartir...
La doctrina casi unánimemente ha estimado que el correo electrónico no puede asimilarse a la correspondencia tradicional, así entonces no estaría sometido dicho "medio de comunicación" al mismo tratamiento (legal y moral) que una carta confidencial, puesto que entre el e mail y la correspondencia existen diferencias como:
1.- El e-mail permite saber quién lo emitió, más precisamente, de qué terminal fue enviado y en cuál fue recibido. Situación distinta a la de la correspondencia epistolar que no requiere necesariamente un remitente.
2.- El contenido de la correspondencia por principio no permite su lectura por terceros, en cambio, advertimos que en el correo electrónico no es así, ya que mientras navega por el ciberespacio puede ser de fácil acceso para los terceros.
3.- A diferencia de lo que ocurre con el correo tradicional, el mensaje digital “no es único”, desde su creación es múltiple. Desde el momento que el usuario envía el mensaje, no solamente se han creado múltiples copias sino que las mismas se encuentran diseminadas en todo el mundo, dependiendo del punto de partida y llegada del mensaje.
4.- La persona que recibe el e-mail tiene la posibilidad de duplicarlo ad infinitum. Las copias creadas en la memoria de la computadora que se ha usado para crear el mensaje, están a disposición del usuario que puede a su voluntad, destruirlo, guardarlo o copiarlo, etc.
Así, esto nos determina las características propias del e-mail:
*Multiplicidad de Copias.
*La intervención necesaria de terceros, que también poseen copias de los mismos y de la ruta que los mensajes han seguido.
*La posibilidad de que el operador del sistema (ISP)pueda acceder a los mensajes y observar y/o modificar su contenido, etc.
La Ley Nº 19.799 "Sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma" en su artículo 5º dice que los documentos electrónicos podrán presentarse en juicio y harán plena prueba de acuerdo con las reglas generales.Por lo tanto, no obstante pudiera aceptar un cuestionamiento ético a la intromisión de tales "comunicaciones" entre los abogados al juicio, no puedo dejar de señalar que constituyen prueba y por lo tanto un modo de aseverar la pretensión planteada en mi demanda.
El código de ética profesional del Colegio de Abogados sanciona la violación del secreto profesional e incluye en él, aquellas pláticas para realizar una transacción que fracasó (art. 11), no obstante ello y debido a la antigua data de este cuerpo normativo, que no está al corriente de los tiempo, es que considero que no se incluyen en el secreto profesional dichos "correos" que tanto molestan a mi contraparte, por cuanto como he reproducido antes, no constituyen conversaciones ni comunicaciones estrictamente "privadas".
De todas formas el tribunal resolvió no dar lugar a la oposición de la contraria y los alimentos provisorios quedaron firmes hasta la dictación de sentencia definitiva.
.....
Un último comentario:
Avanzando en el código de ética, encontré un artículo que habla sobre "el trato entre colegas", refiriéndose a que éste debe ser uno fraterno y respetuoso, que enaltezca la profesión, absteniéndose de usar expresiones malévolas o injuriosas...
¿Quizás mi colega no ha leído el código entero?

Etiquetas:

lunes, 7 de mayo de 2007

Esperando que me llamaran a la audiencia fijada...

Hubiera querido empezar con algo más positivo, pero bueno.... así están las cosas.
Hoy tenía una audiencia de juicio en un Tribunal de Familia de Santiago. La hora fijada era la de las 10:00 AM y con paciencia me dispuse a esperar el llamado... Mi clienta no llegaba, tampoco la contraparte. Después de revisar mi agenda, llamar a la oficina, chequear algunos pagos pendientes que debo concretar esta semana y releer los antecedentes de la carpeta de juicio que venía, empecé a mirar y a escuchar...
A mi lado se sentó un hombre como de unos 50 años. Estaba intranquilo. Movía y revisaba ansiosamente un papel. Era una citación. A los minutos me percaté que no estaba solo. Un niño lo acompañaba. Un niñito lindo, ordenadito, vestido de colegio, con su mochila puesta en los hombros y con lagrimas en los ojos que contenía para que no se le escaparan. Era el hijo de éste señor. Casi ni se miraban entre sí, pero el niño era desafiante y lo increpaba. Yo no alcanzaba a escuchar porque susurraba y hablaba con los dientes apretados. El papá bajaba la cabeza y movía su papel de citación. En tanto pasaba la hora, niño y padre parecían más intranquilos. Me di cuenta que esperaban a la madre. Sólo alcanzaba a escuchar que el niño le decía a su papá.."te dije, te dije"... Hasta que salió la funcionaria de la sala 4 (que era la misma mia) e hizo un llamado a viva voz....que era para ellos. El hombre le mostró la citación y le pasó su carnet, explicándole que la "demandada" no había llegado...en eso estaban, cuando el niño gritó "ahi viene mi mamá!". Entonces la funcionaria (tan diligente como permite este sistema atroz) les dice: "de todas formas les daremos una nueva hora, porque al momento de llamarlos no estaban ambos..", "pero, señorita yo quería retirar la demanda!" dijo el hombre..."Ah! eso es otra cosa", dijo la funcionaria, y luego de unos minutos, los hizo pasar a la sala de audiencias. El niño quizo entrar, pero obviamente no lo dejaron. Y se sentó a mi lado, mirando el suelo y moviendo rápido ràpido una de sus piernas. Yo sentía casi sin mirarlo la contención de su llanto. Y decidí hablarle. El, no quería contestarme nada, ni mirarme. Se levantó de su asiento. Tenía miedo. Claro! pensé..los niños no hablan con extraños.. Le expliqué que soy una abogada de niños (para que me entendiera) y se sentó otra vez junto a mi. Le dije que no tuviera miedo y que si quería me contara o me hiciera preguntas y yo le podría explicar. Movio su cabecita y dijo que no. Cuántos años tienes? "11" contestó, y vas al colegio ahora en la tarde "si" me dijo..y se apuro en preguntarme ¿podrían llevarse presa a mi mamá? es que mi papá dice que ella es mala y le puso una denuncia de violencia intrafamiliar, dice que toma y no es cierto.. y suspiró más aliviado. "Pero, tu papá dijo que va a retirar la demanda, entonces ahora la Jueza estará hablando con ellos para que no peleen más.."le contesté. Y tu papá es bueno contigo? "Sí, igual se porta bien". Y la mamá? "También, pero antes de que mi papá se fuera, le pegó varias veces a mi papá yo creo que por eso se fue, se aburrió. DE todas formas mi mami ya tiene pareja - dijo casi resignado"
Mientras me hablaba, le hice cariño en su pelo, le tomé la mano y traté de contenerlo..le expliqué que la jueza era mujer y que comprendería que no podría separar a la mamá de su hijo (pues ese era el miedo que él tenía) le pedí que tratara de no pensar cosas malas y que las discusiones eran entre la mamá y el papá.. Pero nada de lo que podría haberle dicho era suficiente, el niño estaba en otra parte...mejor dicho, dentro de la sala de audiencias.
Los padres salieron cada uno por su lado. La mamá tomó al niño de la mano y no le dio ni un segundo para que se despidiera del padre. En un segundo abandonaron la sala de espera.
Y yo quedé ahi. Paralizada. Con angustia e impotencia. ¿Porqué nuestros niños tendrán que sufrir este tipo de cosas? ¿Ese niño podría ser mi hijo? Y esa angustia que tenía..(como hipo de pena guardado) y su carita! ... Porqué ? ¿Cómo evitarlo?
Y ya no se trataba de quien tenía o no la razón, de quien golpeó a quien, como me habría preocupado de ser abogada de una de las partes. Se trataba de ese pequeño niño. Que quedó afuera. Que en vez de estar en el colegio jugando a la pelota, estaba en un Tribunal explicándole a una abogada desconocida su caso, usando nomenclatura jurídica como todo un experto. Madurando y haciendose más hombrecito a puro dolor. Entonces junto con querer arrancar de ahi, pensé que, de verdad quisiera ser, como le dije a ese chiquitito, una abogada de niños.

Etiquetas:

sábado, 5 de mayo de 2007

Donde todo comienza

Me presento simplemente como La Abogada.
Mujer de 32 años, titulada hace 6, amante de la vida y la justicia, encantada con su carrera y con muchas ganas de ayudar y ser un real aporte...
Veamos como resulta!